Seguro de accidentes por convenio colectivo

Si tu convenio lo exige, no es opcional.

Muchos convenios colectivos obligan a la empresa a tener un seguro de accidentes para su plantilla. El problema es cuándo se descubre el incumplimiento: casi siempre cuando llega la inspección o, mucho peor, cuando ya hay un accidente y una familia reclamando.

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Cumples el convenio

Modalidad con compromiso por pensiones, que es la que exige la mayoría de convenios colectivos.

24 h y en todo el mundo

Cubre dentro y fuera del trabajo, los 365 días, en cualquier país.

Sin reconocimiento médico

No hay cuestionario ni pruebas: se contrata con la relación de personal.

Las dos modalidades, y cuál te toca

La diferencia entre ellas no es de precio, es de finalidad. Elegir la que no toca es tan malo como no tener seguro.

La del convenio

Con compromiso por pensiones

Capitales de 10.000 € a 1.000.000 €

La modalidad que instrumenta la obligación del convenio colectivo. Cubre además el accidente laboral, y una de las dos garantías de fallecimiento —accidente o accidente laboral— es obligatoria.

  • Capitales de 10.000 € a 1.000.000 €
  • Cubre el accidente laboral
  • Es la que exige el convenio

Sin compromiso por pensiones

Capitales de 3.000 € a 300.000 €

Para socios, administradores y quien quiere cobertura de accidentes sin instrumentar un compromiso por pensiones. Incluye la indemnización diaria por incapacidad temporal.

  • Capitales de 3.000 € a 300.000 €
  • Incapacidad temporal: 25, 50, 75 o 100 €/día
  • Para socios y administradores

Precios «desde», orientativos, sin descuentos comerciales aplicados y sujetos a estudio personalizado. La prima definitiva depende de la edad, la provincia y el número de asegurados. Desliza para ver todas las modalidades.

Qué cubre SegurCaixa Accidentes

Las garantías, las condiciones de contratación y lo que cambia entre una modalidad y otra.

Garantías
  • Fallecimiento por accidente.
  • Invalidez grave.
  • Incapacidad permanente total y parcial.
  • Gastos sanitarios derivados del accidente, hasta 6.000 €.
  • Incapacidad temporal por accidente con indemnización diaria a elegir entre 25, 50, 75 o 100 € por día de baja (modalidad sin compromiso por pensiones).
  • En la modalidad con compromiso por pensiones se cubre además el accidente laboral, y una de las dos garantías de fallecimiento es obligatoria.
Alcance Lo que más sorprende del producto: no se apaga al salir del trabajo.
  • Cobertura las 24 horas y en todo el mundo, dentro y fuera del horario laboral.
  • Sin reconocimiento médico ni cuestionario de salud.
  • Prima constante: no sube por edad ni por siniestralidad.
  • Contratación hasta los 70 años.
  • Descuento por volumen de hasta el 20 %.
Cómo se gestiona
  • La póliza se contrata a nombre de la empresa con la relación de personal asegurado.
  • Las altas y bajas de plantilla se comunican durante la vigencia; no hay que rehacer la póliza en cada movimiento.
  • El capital asegurado se fija según lo que exija tu convenio: es el dato que hay que mirar antes de contratar nada.
  • Si no sabes qué dice tu convenio, mándanos su nombre y te lo miramos: es el paso previo, no el posterior.

Condiciones de contratación

Un producto sencillo de contratar, precisamente porque su función es cumplir una obligación con fecha.

Condiciones de contratación
ConceptoCondición
Reconocimiento médicoNo se requiere
Edad máxima de contrataciónHasta 70 años
Ámbito temporal24 h, los 365 días
Ámbito geográficoTodo el mundo
Evolución de la primaConstante
Capitales · con compromiso por pensionesDe 10.000 € a 1.000.000 €
Capitales · sin compromiso por pensionesDe 3.000 € a 300.000 €
Gastos sanitariosHasta 6.000 €
Descuento por volumenHasta el 20 %
La cifra que determina todo lo demás es el capital que exige tu convenio. Antes de cotizar nada, lo primero es leerlo. Mándanos el nombre del convenio y lo comprobamos nosotros.

Preguntas frecuentes

¿Mi convenio me obliga a contratarlo?
Depende del convenio colectivo que te aplique: muchos lo exigen y fijan además el capital mínimo, pero no todos. No es algo que se pueda responder en general. Dinos qué convenio te aplica y te decimos si te obliga y con qué capital.
¿Qué diferencia hay entre con y sin compromiso por pensiones?
La modalidad con compromiso por pensiones es la que instrumenta la obligación derivada del convenio colectivo, cubre también el accidente laboral y maneja capitales de 10.000 € a 1.000.000 €. La modalidad sin compromiso está pensada para socios y administradores, va de 3.000 € a 300.000 € e incluye la indemnización diaria por incapacidad temporal.
¿Qué capital tengo que asegurar?
El que fije tu convenio como mínimo. Asegurar por debajo deja el incumplimiento igual de vivo que no tener póliza, así que ese número es el punto de partida de la cotización, no una variable de ajuste.
¿Cubre fuera del horario laboral?
Sí. La cobertura es de 24 horas, los 365 días del año y en todo el mundo, dentro y fuera del trabajo. Es una de las cosas que más se valora cuando se explica al empleado, porque le cubre también el fin de semana.
¿Hay reconocimiento médico?
No. No se exige reconocimiento ni cuestionario de salud, lo que hace que la contratación sea rápida: basta con la relación de personal a asegurar.
¿Cubre el accidente in itinere, yendo o volviendo del trabajo?
La cobertura es de 24 horas y en todo el mundo, de modo que un accidente ocurrido en el trayecto está dentro del ámbito temporal y geográfico de la póliza. Cómo se califique después ese accidente (laboral o no) tiene efectos en la modalidad con compromiso por pensiones: si es un punto crítico para ti, te lo confirmamos por escrito con el condicionado en la mano antes de contratar.
¿Qué pasa si entra un empleado nuevo?
Se comunica el alta y queda asegurado sin rehacer la póliza. Lo importante es comunicarlo: un trabajador no incluido no está cubierto, aunque la empresa tenga póliza en vigor.
¿Qué consecuencias tiene no tenerlo si el convenio lo exige?
Incumplir el convenio expone a la empresa por dos vías: el régimen sancionador en materia laboral y, sobre todo, la responsabilidad directa frente al trabajador o su familia por la prestación no asegurada. La cuantía y la calificación dependen del caso y de la normativa aplicable, y eso lo valora un laboralista. Lo que sí podemos decirte es que el coste de la póliza es una fracción mínima de esa exposición.
¿Se puede contratar para una empresa de una sola persona?
Sí, en la modalidad sin compromiso por pensiones es habitual que el asegurado sea el propio administrador o el socio trabajador. Y si eres autónomo, esa modalidad es además la que te paga los días de baja.

Sigue por aquí

Cumplida la obligación, el siguiente paso suele ser el beneficio voluntario.

Mándanos el nombre de tu convenio

Lo miramos, te decimos si te obliga y con qué capital, y solo entonces cotizamos. Sin compromiso.

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